NormaDiccionario y normas del Perú

Derecho real

También: Ius in re

Poder jurídico directo e inmediato que una persona ejerce sobre un bien, oponible frente a todos (erga omnes), a diferencia del derecho de crédito que solo vincula al deudor. Comprende los derechos reales principales (propiedad, posesión, copropiedad, usufructo, uso, habitación, superficie y servidumbre) y los de garantía (hipoteca, anticresis, garantía mobiliaria y retención). El Libro V del Código Civil los regula bajo un sistema de numerus clausus.

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Ejemplo

El usufructuario de un departamento puede exigir su restitución a cualquier ocupante, porque su derecho real lo faculta a perseguir el bien en poder de quien esté.

Base legal

Código Civil, Libro V, art. 881

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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