NormaDiccionario y normas del Perú

Servidumbre

También: Servitus · Servidumbre predial

Gravamen impuesto sobre un predio (sirviente) en beneficio de otro predio (dominante) de distinto dueño, que da derecho a su titular a practicar ciertos actos de uso del predio sirviente o a impedir al dueño de este el ejercicio de alguno de sus derechos (art. 1035). Pueden ser perpetuas o temporales, aparentes o no aparentes, legales o voluntarias; son indivisibles, se transmiten con los predios y solo las aparentes pueden adquirirse por prescripción. Se extinguen por no uso durante cinco años, consolidación, renuncia o vencimiento del plazo.

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Ejemplo

El propietario de un fundo en Moquegua constituyó servidumbre de acueducto a favor del fundo vecino para que el canal de riego atraviese su terreno, y la inscribió en ambas partidas.

Base legal

Código Civil, arts. 1035 a 1054

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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