Habitación
También: Derecho de habitación
Modalidad del derecho de uso que recae sobre una casa o parte de ella para que sirva de morada al titular y a su familia (art. 1027 del Código Civil). Es un derecho real personalísimo, intransferible e inembargable, que no puede ser objeto de ningún acto jurídico salvo la consolidación. El Código Civil también reconoce un derecho de habitación legal a favor del cónyuge supérstite sobre el hogar conyugal (art. 731), que tiene naturaleza sucesoria.
Ejemplo
Los hijos, al adquirir la casa familiar en Trujillo, constituyeron a favor de su madre viuda un derecho de habitación vitalicio que inscribieron en la partida del inmueble.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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