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SucesionesBásico

Sucesión intestada

También: Sucesión legal · Sucesión ab intestato · Declaratoria de herederos

Sucesión que se rige por la ley, y no por la voluntad del causante, cuando este muere sin testamento, cuando el testamento es nulo o ha caducado, cuando no instituye heredero o no dispone de todos sus bienes, o cuando el heredero instituido no llega a suceder y no hay sustituto ni derecho de representación. Los bienes se distribuyen según los órdenes sucesorios y, dentro de cada orden, por partes iguales entre los parientes del mismo grado. Se declara mediante procedimiento notarial o proceso judicial no contencioso.

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Ejemplo

Como el causante falleció sin testamento, su viuda y sus hijos fueron declarados herederos en sucesión intestada, heredando todos en partes iguales.

Base legal

Código Civil, arts. 815 a 830; Código Procesal Civil, arts. 830 a 836; Ley 26662, arts. 39 a 43

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (cada artículo indica la fecha de su texto). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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