Sucesión mortis causa
También: Sucesión hereditaria · Sucesión por causa de muerte
Transmisión del patrimonio de una persona fallecida a quienes la ley o el testamento llaman a recibirlo. Puede ser testamentaria, cuando el causante dispuso de sus bienes por testamento, o legal (intestada), cuando no hay testamento válido o este no comprende todos los bienes. La sucesión es a título universal cuando se recibe la totalidad o una cuota ideal de la herencia (heredero) y a título particular cuando se reciben bienes determinados (legatario).
Ejemplo
Al morir la empresaria, la mitad de sus bienes se transmitió conforme a su testamento y, respecto de los bienes no comprendidos en él, se abrió la sucesión legal a favor de sus hijos.
Base legal
Código Civil, Libro IV, arts. 660, 735 y 815
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
Términos vinculados
SucesionesCausantePersona natural fallecida cuyo patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) se transmite a sus sucesores.SucesionesSucesión intestadaSucesión que se rige por la ley, y no por la voluntad del causante, cuando este muere sin testamento, cuando el testamento es nulo o ha caducado, cuando no instituye heredero o no…SucesionesTestamentoActo jurídico unilateral, personalísimo, solemne y revocable por el cual una persona dispone de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte y ordena su propia sucesión…SucesionesHerederoSucesor a título universal del causante, que recibe la totalidad de la herencia o una cuota ideal de ella, comprendiendo bienes, derechos y obligaciones.SucesionesLegatarioSucesor a título particular instituido por testamento para recibir uno o más bienes determinados o una parte de ellos, dentro de la porción de libre disposición del testador.SucesionesApertura de la sucesiónMomento en que se produce la transmisión sucesoria, que coincide con la muerte del causante.