SucesionesBásico

Sucesión mortis causa

También: Sucesión hereditaria · Sucesión por causa de muerte

Transmisión del patrimonio de una persona fallecida a quienes la ley o el testamento llaman a recibirlo. Puede ser testamentaria, cuando el causante dispuso de sus bienes por testamento, o legal (intestada), cuando no hay testamento válido o este no comprende todos los bienes. La sucesión es a título universal cuando se recibe la totalidad o una cuota ideal de la herencia (heredero) y a título particular cuando se reciben bienes determinados (legatario).

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Ejemplo

Al morir la empresaria, la mitad de sus bienes se transmitió conforme a su testamento y, respecto de los bienes no comprendidos en él, se abrió la sucesión legal a favor de sus hijos.

Base legal

Código Civil, Libro IV, arts. 660, 735 y 815

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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