Causante
También: De cujus · Testador (si dejó testamento)
Persona natural fallecida cuyo patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) se transmite a sus sucesores. En el Código Civil peruano la sucesión se abre en el momento de la muerte y desde entonces los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia pasan a los sucesores (art. 660). El causante puede haber ordenado su sucesión por testamento o, a falta de este, se aplican las reglas de la sucesión intestada.
Ejemplo
Fallecido don Julio sin dejar testamento, sus tres hijos tramitaron ante notario la sucesión intestada para ser declarados herederos del causante e inscribirla en SUNARP.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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