NormaDiccionario y normas del Perú

Partición

También: División y partición

Acto por el cual los copropietarios permutan sus cuotas ideales por bienes físicos que se les adjudican, poniendo fin a la copropiedad (art. 983). Cualquier copropietario o sus acreedores pueden pedirla en cualquier momento, y la acción es imprescriptible (art. 985); puede ser convencional, notarial o judicial (proceso abreviado), y si los bienes no admiten cómoda división se venden y se reparte el precio. En la partición judicial de un solo bien indivisible el juez ordena su venta en subasta pública, salvo acuerdo distinto entre los interesados.

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Ejemplo

Los herederos de un fundo en Cañete celebraron partición por escritura pública, adjudicándose cada uno un lote independizado a cambio de renunciar a su cuota sobre el resto.

Base legal

Código Civil, arts. 983 a 991

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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