Bienes comunes

También: Zonas comunes · Áreas comunes

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En el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, son los elementos de la edificación que pertenecen a todos los propietarios en proporción a sus porcentajes de participación: el terreno, los cimientos, muros y estructuras, pasajes, escaleras, ascensores, azoteas, instalaciones generales y los demás que el reglamento interno señale. Son inseparables de las secciones exclusivas y no pueden ser objeto de partición; su transferencia o desafectación requiere acuerdo calificado de la junta de propietarios y modificación del reglamento interno. Los gastos de su conservación se reparten según el porcentaje de participación.

Ejemplo

La junta de propietarios de un edificio en Lince aprobó con la mayoría calificada exigida por la ley desafectar parte de la azotea común para venderla al propietario del último piso.

Base legal

Ley 27157; TUO del Reglamento, D.S. 035-2006-VIVIENDAConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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