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SucesionesBásico

Albacea

También: Ejecutor testamentario · Testamentario

Persona natural o jurídica designada por el testador en el testamento para hacer cumplir sus disposiciones de última voluntad. Entre sus obligaciones están atender el sepelio, hacer inventario judicial de los bienes, administrar la herencia hasta la partición, pagar deudas y cargas, entregar los legados, vender bienes si es necesario para pagar y procurar la división y partición. El cargo es voluntario, indelegable en cuanto a la función y remunerado (salvo disposición contraria) con un máximo del cuatro por ciento de la masa líquida; termina por cumplimiento, renuncia, remoción judicial, incapacidad, muerte o vencimiento del plazo de dos años desde que asumió, salvo prórroga.

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Ejemplo

El testador nombró albacea a su abogado de confianza, quien inventarió los bienes, pagó los impuestos pendientes y entregó los legados antes de convocar a los herederos a la partición.

Base legal

Código Civil, arts. 778 a 797

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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