NormaDiccionario y normas del Perú
SucesionesBásico

Masa hereditaria

También: Herencia · Acervo hereditario · Caudal relicto

Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles que deja el causante al morir y que constituye el objeto de la sucesión. Cuando el causante era casado bajo sociedad de gananciales, primero deben liquidarse los gananciales y solo la parte que le corresponde al fallecido integra la herencia. Sobre la masa se calculan la legítima y la porción de libre disposición, y de ella se pagan las cargas y deudas antes de la partición.

Compartir por WhatsApp Al azar

Ejemplo

Para determinar la masa hereditaria del causante, el albacea inventarió el departamento en Miraflores, dos vehículos, las cuentas bancarias y la deuda hipotecaria pendiente, luego de separar el 50 % de gananciales de la viuda.

Base legal

Código Civil, arts. 660, 730 y 871

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

Términos vinculados

Mencionados en esta definición

Otros términos que citan a este

En el blog de Paul Arroyo