Divorcio
También: Disolución del vínculo matrimonial · Divorcio vincular
Disolución del vínculo matrimonial declarada por sentencia judicial, resolución de alcaldía o acta notarial, que permite a los ex cónyuges contraer nuevo matrimonio. Puede demandarse directamente por las causales de los incisos 1 a 12 del artículo 333 (divorcio por causal) u obtenerse como divorcio ulterior tras una separación convencional. Por el divorcio cesan en principio la obligación alimentaria y los derechos hereditarios entre los ex cónyuges, el culpable pierde los gananciales que procedan de bienes del otro y el cónyuge inocente puede reclamar la reparación del daño moral.
Ejemplo
La sentencia de divorcio por causal de violencia psicológica quedó firme; el juzgado ofició a la RENIEC para la anotación marginal en la partida de matrimonio.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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