Declaración judicial de paternidad extramatrimonial
También: Proceso de filiación extramatrimonial · Acción de declaración de paternidad · Investigación de la paternidad
Establecimiento de la filiación extramatrimonial por sentencia, a falta de reconocimiento voluntario, con base en las causales del artículo 402 del Código Civil, principalmente la acreditación del vínculo mediante prueba de ADN u otras pruebas genéticas de igual o mayor certeza. La Ley 28457 creó un proceso especial ante el juez de paz letrado: notificado el mandato de declaración de paternidad, el emplazado tiene diez días para oponerse sometiéndose a la prueba de ADN; si no se opone o no acude a la prueba, el mandato se convierte en declaración judicial de paternidad. Puede acumularse la pretensión de alimentos.
Ejemplo
Emplazado en el proceso de filiación, el demandado formuló oposición pero no acudió a la toma de muestras de ADN; el juez declaró la paternidad y ordenó la inscripción del apellido paterno.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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