Artículo 349
Causales de divorcio
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 5 de la Ley Nº 27495, publicada el 7 julio 2001. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Puede demandarse el divorcio por las causales señaladas en el Artículo 333, incisos del 1 al 12.
Historial y notas
1 nota · 1 versión anterior
- Artículo modificado por el Artículo 5 de la Ley Nº 27495, publicada el 07 julio 2001, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1
Puede demandarse el divorcio por las causales señaladas en el artículo 333, incisos 1 al 10.