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Licencia de edificación

También: Licencia de obra · Licencia de construcción

Acto administrativo por el cual la municipalidad autoriza ejecutar una obra de edificación. Deben pedirla el propietario y todo titular con derecho a edificar, como el usufructuario o el superficiario; se tramita en una de cuatro modalidades (A, B, C o D) según la complejidad de la obra y tiene una vigencia de treinta y seis meses, prorrogable por única vez por doce meses. La conformidad de obra y la declaratoria de edificación se otorgan sobre la base de la licencia, por eso conviene verificarla antes de comprar un inmueble construido o en planos.

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Ejemplo

Antes de separar un departamento en planos en Miraflores, la compradora pidió ver la licencia de edificación del proyecto y verificó que estaba vigente.

Base legal

Ley 29090, arts. 7, 8, 10, 11 y 28

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/10/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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