Plazos administrativos
También: Términos administrativos
Términos dentro de los cuales deben realizarse las actuaciones en el procedimiento administrativo, cuyo cómputo se hace en días hábiles (excluyendo sábados, domingos y feriados no laborables) salvo que la norma señale expresamente días calendario, y se inicia desde el día hábil siguiente a la notificación o publicación. Son plazos de referencia legales: dos días para la subsanación de admisibilidad, cinco días para notificar un acto, diez días para la emisión de informes, quince días para interponer recursos, treinta días para resolver recursos y como máximo del procedimiento de evaluación previa. Los plazos fijados para los administrados son perentorios; los establecidos para la entidad generan responsabilidad del funcionario si se incumplen, pero no la caducidad del trámite salvo disposición expresa.
Ejemplo
Notificada la resolución el viernes 3, el plazo de quince días hábiles para apelar comenzó a correr el lunes 6 y venció el lunes 27, sin contar el feriado intermedio.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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