Remuneración mínima vital

También: RMV · Sueldo mínimo · Salario mínimo

Monto mínimo mensual que debe percibir todo trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada que cumpla la jornada ordinaria completa. Es fijada por el Estado mediante decreto supremo, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores en el Consejo Nacional de Trabajo. Sirve de referencia para calcular otros conceptos, como la asignación familiar y la remuneración en regímenes especiales.

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Ejemplo

El inspector de SUNAFIL constató que el minimarket pagaba a sus empleados de jornada completa una suma inferior a la remuneración mínima vital vigente y le impuso una multa por infracción grave.

Base legal

Constitución Política, art. 24; decreto supremo que fija la RMV vigente

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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