Asignación familiar

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Beneficio mensual equivalente al 10 % de la remuneración mínima vital que perciben los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva y que tienen uno o más hijos menores de dieciocho años, o mayores hasta los veinticuatro que cursen estudios superiores. Se paga en un solo monto sin importar el número de hijos y tiene carácter remunerativo.

Ejemplo

Al presentar la partida de nacimiento de su hija, el trabajador empezó a cobrar la asignación familiar junto con su remuneración mensual.

Base legal

Ley 25129 y su Reglamento, D.S. 035-90-TRConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

Términos vinculados

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