Liquidación del contrato de obra
También: Liquidación de obra
Acto final de la ejecución contractual en el que se determina el costo total de la obra y el saldo a favor o en contra de cada parte, considerando valorizaciones, adicionales, deductivos, reajustes, mayores gastos generales, penalidades y adelantos. El contratista debe presentarla, con la documentación y cálculos sustentatorios, dentro del plazo de sesenta días (o un décimo del plazo vigente, el que sea mayor) desde la recepción de la obra; la entidad tiene sesenta días para observarla o elaborar su propia liquidación, y el silencio de una parte frente a la liquidación de la otra la deja consentida. Con la liquidación consentida o con el laudo firme culmina el contrato y se devuelven las garantías.
Ejemplo
La empresa presentó la liquidación de obra reclamando mayores gastos generales por la ampliación de plazo; al no ser observada por la entidad en sesenta días, quedó consentida.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.
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