Interés moratorio tributario
También: TIM · Tasa de interés moratorio
Interés que devenga el monto del tributo no pagado dentro de los plazos establecidos, desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de pago inclusive, calculado con la Tasa de Interés Moratorio (TIM) que fija SUNAT para los tributos que administra y cada municipalidad para los suyos, dentro del límite legal. Los intereses se computan diariamente sin capitalización y su devengo se suspende cuando la Administración excede los plazos para resolver la reclamación o apelación por causa imputable a ella. Las multas también generan interés moratorio desde la fecha en que se cometió la infracción.
Ejemplo
Una empresa que pagó el IGV de marzo con 40 días de retraso debió agregar el interés moratorio calculado con la TIM diaria sobre el tributo omitido.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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