NormaDiccionario y normas del Perú

Árbitro

También: Árbitro único · Juez privado

Persona natural con plena capacidad de ejercicio designada por las partes, por una institución arbitral o por la autoridad supletoria para resolver una controversia mediante laudo. En el arbitraje nacional de derecho debe ser abogado, salvo pacto en contrario; en el arbitraje de conciencia y en el internacional no se exige título profesional ni nacionalidad determinada. Debe ser y permanecer independiente e imparcial durante todo el arbitraje, revelar las circunstancias que puedan generar dudas justificadas sobre ello, y puede ser recusado por las partes; no está sujeto a responsabilidad por el contenido de su decisión, salvo dolo o culpa inexcusable.

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Ejemplo

Cada parte designó a un árbitro y ambos, de común acuerdo, nombraron al presidente del tribunal arbitral, un abogado especialista en derecho de la construcción.

Base legal

Decreto Legislativo 1071, arts. 19 a 32Consultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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