Certificación de copias
También: Certificación de reproducciones · Copia legalizada · Copia notarial
Certificación extraprotocolar por la cual el notario, teniendo a la vista el documento original, autoriza con su firma y sello que la reproducción obtenida por cualquier medio idóneo guarda absoluta conformidad con dicho original. La copia certificada acredita el contenido del documento reproducido, pero no la autenticidad del original ni la de las firmas que este contiene. Se distingue de la expedición de copias certificadas de instrumentos que obran en el propio archivo notarial, como las actas de juntas de sociedades inscritas en libros legalizados.
Ejemplo
Para postular a la licitación, la empresa presentó copias de sus certificados de calidad certificadas por notario, en lugar de exhibir los originales.
Base legal
Decreto Legislativo 1049, arts. 95 y 108Consultar la norma ↗
Términos vinculados
Notarial, Arbitraje y ConciliaciónLegalización de firmasCertificación extraprotocolar mediante la cual el notario da fe de que la firma puesta en un documento privado corresponde a la persona que la estampó ante él o cuya autenticidad le…Notarial, Arbitraje y ConciliaciónInstrumento público extraprotocolarInstrumento público notarial que no se incorpora al protocolo y que consiste en las actas y certificaciones referidas a actos, hechos o circunstancias que el notario presencia o le…
Mencionados en esta definición
Conceptos relacionados aún sin entrada
El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. Pídelo aquí.