NormaDiccionario y normas del Perú

Deber de revelación del árbitro

También: Deber de declaración del árbitro · Disclosure arbitral

Obligación del árbitro, al momento de aceptar el cargo y durante todo el arbitraje, de informar por escrito a las partes cualquier circunstancia que pueda dar lugar a dudas justificadas sobre su imparcialidad o independencia, como relaciones profesionales, económicas o personales con las partes, sus abogados o el objeto de la controversia. Su cumplimiento permite a las partes evaluar una eventual recusación y su omisión constituye por sí misma un indicio de parcialidad que puede sustentar la recusación y, en su caso, la anulación del laudo. En la práctica se aplican como referencia las Directrices de la IBA sobre conflictos de intereses en el arbitraje internacional.

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Ejemplo

Al aceptar la designación, el árbitro reveló que cinco años antes había emitido un informe legal para una subsidiaria de la demandante, lo que las partes aceptaron sin objeción.

Base legal

Decreto Legislativo 1071, art. 28Consultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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