Tribunal arbitral
También: Colegio arbitral · Panel arbitral
Órgano colegiado o unipersonal encargado de dirigir las actuaciones arbitrales y resolver la controversia mediante laudo. Las partes fijan libremente el número de árbitros, que debe ser impar; a falta de acuerdo son tres, designando cada parte uno y estos dos al tercero, quien preside. Adopta sus decisiones por mayoría, salvo pacto distinto, y el presidente puede decidir por sí solo cuestiones de mero trámite; tiene competencia para decidir sobre su propia competencia, dictar medidas cautelares y determinar las reglas del procedimiento con respeto del debido proceso e igualdad de las partes.
Ejemplo
El tribunal arbitral, integrado por tres árbitros, declaró fundada en parte la demanda y ordenó a la entidad pagar el saldo de la valorización final más intereses.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.
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