Mediación
También: Mediación de conflictos
Mecanismo autocompositivo de solución de conflictos en el que un tercero neutral, el mediador, facilita el diálogo y la negociación entre las partes para que ellas mismas construyan un acuerdo, sin proponer fórmulas de solución ni decidir la controversia. Se distingue de la conciliación, en la que el conciliador puede sugerir alternativas, y del arbitraje, en el que el árbitro impone una decisión. En el Perú carece de una ley general que le atribuya efectos procesales propios, salvo regímenes especiales como la mediación en materia de consumo o en conflictos sociales, y sus acuerdos valen como transacción o contrato entre las partes.
Ejemplo
Los socios de la empresa familiar recurrieron a un mediador para destrabar la disputa por la sucesión en la gerencia, y el acuerdo alcanzado se formalizó luego en una transacción con firmas legalizadas.
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