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Centro de conciliación

También: Centro de conciliación extrajudicial

Entidad pública o privada autorizada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para desarrollar procedimientos de conciliación extrajudicial, integrada por conciliadores acreditados y, para materias de derechos disponibles, por un abogado verificador de la legalidad de los acuerdos. Es responsable de recibir las solicitudes, cursar las invitaciones, llevar el registro de actas y expedir copias certificadas de estas, y está sujeto a supervisión y sanción del sector. La conciliación solo tiene validez legal si se realiza ante un centro de conciliación autorizado, y no ante conciliadores particulares.

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Ejemplo

La vecina acudió al centro de conciliación gratuito del Ministerio de Justicia en Villa El Salvador para solicitar conciliación por régimen de visitas de su hijo.

Base legal

Ley 26872, arts. 24 a 30

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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