Apropiación
También: Ocupación
Modo originario de adquirir la propiedad de bienes muebles que no pertenecen a nadie (res nullius), como las piedras, conchas y objetos análogos que se hallan en el mar, los ríos o sus playas, mediante su aprehensión (art. 929). El Código Civil regula también bajo este título la caza y la pesca, el hallazgo de objetos perdidos (que deben entregarse a la municipalidad y otorgan recompensa) y el tesoro descubierto en terreno ajeno no cercado, que se divide por mitades entre el descubridor y el propietario del suelo. No procede la apropiación de inmuebles, pues los que carecen de dueño pertenecen al Estado.
Ejemplo
El pescador artesanal de Pucusana adquiere por apropiación la propiedad de los peces que captura conforme a la normativa pesquera.
Base legal
Código Civil, arts. 929 a 936
Art. 929 · Código Civil · Apropiación de cosas libresArt. 930 · Código Civil · Apropiación por caza y pescaArt. 931 · Código Civil · Caza y pesca en propiedad ajenaArt. 932 · Código Civil · Hallazgo de objetos perdidosArt. 933 · Código Civil · Gastos y gratificación por el hallazgoArt. 934 · Código Civil · Búsqueda de tesoro en terreno ajenoArt. 935 · Código Civil · División de tesoro encontrado en terre…Art. 936 · Código Civil · Protección al Patrimonio Cultural de l…
Términos vinculados
Reales y RegistralPropiedadPoder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien, y que debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley (art.Reales y RegistralBienes mueblesBienes que pueden trasladarse de un lugar a otro sin alterar su sustancia, y también aquellos que la ley califica como tales aunque sean incorporales: vehículos, fuerzas naturales…Reales y RegistralAccesiónModo de adquirir la propiedad por el cual el propietario de un bien adquiere lo que se une o adhiere materialmente a él (art.
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