NormaDiccionario y normas del Perú

Tradición

También: Entrega · Traditio

Entrega del bien a quien debe recibirlo o a la persona designada por él o por la ley, con las formalidades que esta establece (art. 901). Es el modo de adquirir la posesión y, en el caso de bienes muebles, también la propiedad (art. 947). El Código Civil admite sucedáneos de la tradición: la traditio brevi manu, cuando cambia el título de quien ya posee, y el constituto posesorio, cuando el transferente conserva el bien en calidad de poseedor inmediato; también la entrega de documentos que representan bienes en poder de terceros (art. 903).

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Ejemplo

La empresa vendió sus máquinas a una entidad financiera y las mantuvo en su planta como arrendataria (constituto posesorio), transfiriéndose la propiedad sin desplazamiento físico.

Base legal

Código Civil, arts. 900 a 903 y 947

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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