NormaDiccionario y normas del Perú

Sindicato

También: Organización sindical

Organización de trabajadores constituida para el estudio, desarrollo, protección y defensa de sus derechos e intereses socioeconómicos. En el régimen privado puede ser de empresa, de actividad, de gremio o de oficios varios, y para constituirse y subsistir requiere al menos veinte afiliados en el sindicato de empresa o cincuenta en los de otro tipo. Se inscribe en el registro sindical del Ministerio de Trabajo, con lo que adquiere personería gremial; la Constitución garantiza la libertad sindical y la afiliación no puede condicionarse ni ser causa de despido.

Compartir por WhatsApp Al azar

Ejemplo

Veinticinco obreros de la planta constituyeron un sindicato de empresa, aprobaron su estatuto y lo registraron ante la Dirección Regional de Trabajo.

Base legal

Constitución Política, art. 28; TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, D.S. 010-2003-TR, arts. 2 a 27

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

Términos vinculados

Mencionados en esta definición

Otros términos que citan a este

Conceptos relacionados aún sin entrada

El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. .