NormaDiccionario y normas del Perú

Cese colectivo

También: Terminación colectiva por causas objetivas · Despido colectivo

Extinción de los contratos de trabajo de un grupo de trabajadores por causas objetivas: caso fortuito o fuerza mayor, motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos, disolución y liquidación de la empresa, o reestructuración patrimonial. Cuando obedece a motivos económicos o similares debe comprender al menos al 10 % del personal, seguir un procedimiento ante la Autoridad Administrativa de Trabajo con información al sindicato, negociación y pericia, y culminar con la aprobación administrativa. Los trabajadores cesados tienen preferencia de readmisión si el empleador vuelve a contratar en el año siguiente.

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Ejemplo

La empresa textil solicitó al Ministerio de Trabajo la autorización de cese colectivo del 15 % de su personal por motivos económicos, adjuntando la pericia contable exigida.

Base legal

TUO de la LPCL, D.S. 003-97-TR, arts. 46 a 52

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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