Rectificación de áreas y linderos
También: Rectificación de área · Saneamiento de área y linderos
Procedimiento destinado a corregir la discrepancia entre el área, linderos o medidas perimétricas de un predio que constan en la partida registral y las que existen en la realidad física. Puede tramitarse por mutuo acuerdo de los colindantes mediante escritura pública, en vía notarial no contenciosa conforme a la Ley 27333, o judicialmente en proceso abreviado (art. 504 del Código Procesal Civil); cuando la diferencia se debe a un simple error de cálculo o de medición dentro de los márgenes de tolerancia catastral, procede la rectificación directa ante el registro con plano visado. Es requisito habitual antes de vender, hipotecar o independizar predios antiguos.
Ejemplo
La partida de una casa en Barranco indicaba un área de 180 m² pero la medición real arrojó 195 m²; el propietario tramitó la rectificación notarial con planos y notificación a los vecinos colindantes.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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