Proceso contencioso-administrativo
También: Contencioso administrativo · Acción contencioso-administrativa
Proceso judicial previsto en el artículo 148 de la Constitución para el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la Administración Pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados. Es de plena jurisdicción: el juez no solo puede anular el acto, sino reconocer o restablecer el derecho, ordenar a la entidad una actuación determinada y disponer indemnizaciones. Exige, como regla, el agotamiento de la vía administrativa y se interpone dentro de los tres meses de notificado el acto que causa estado; se tramita en vía urgente o en el proceso especial ante los juzgados especializados en lo contencioso-administrativo.
Ejemplo
Un servidor destituido, tras agotar la vía ante el Tribunal del Servicio Civil, demandó en la vía contencioso-administrativa la nulidad de la resolución y su reposición con el pago de remuneraciones dejadas de percibir.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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