Recurso de apelación (contrataciones del Estado)
Único recurso administrativo con que cuentan los participantes y postores para impugnar los actos dictados durante el procedimiento de selección (desde la convocatoria hasta antes del perfeccionamiento del contrato), incluidos el otorgamiento de la buena pro y su declaratoria de desierto. Se resuelve por el Tribunal de Contrataciones del Estado cuando el valor estimado o referencial supera las cincuenta UIT, y por el titular de la entidad en los demás casos; exige el pago de una garantía equivalente al tres por ciento del valor estimado o referencial y se presenta en ocho días hábiles (cinco en procedimientos menores). La resolución que lo resuelve agota la vía administrativa.
Ejemplo
El segundo postor apeló ante el Tribunal la buena pro alegando que el ganador no acreditó la experiencia mínima; el Tribunal declaró fundado el recurso y revocó la adjudicación.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.