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FamiliaIntermedio

Pérdida de la patria potestad

También: Privación de la patria potestad · Extinción de la patria potestad

Privación definitiva de la patria potestad que se produce por condena por delito doloso cometido en agravio de los hijos, por reincidencia en las causales de suspensión, por declaración judicial de desprotección familiar del hijo o por abandono del hijo durante seis meses continuos o por períodos que sumados excedan ese plazo. Se distingue de la extinción, que opera sin culpa por la muerte de los padres o del hijo, la mayoría de edad de este o su adopción. Es declarada por el juez de familia y no impide que subsista la obligación alimentaria del padre privado.

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Ejemplo

Condenado por delito doloso cometido contra su hija, el padre fue privado de la patria potestad por el juzgado de familia, aunque mantiene la obligación de pasar alimentos.

Base legal

Código Civil, arts. 461 y 462; Código de los Niños y Adolescentes, art. 77

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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