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Proceso de alimentos

También: Juicio de alimentos · Demanda de alimentos

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Proceso de tramitación célere y sin exigencia de defensa cautiva, competencia del juez de paz letrado del domicilio del demandado o del demandante a elección de este, para fijar, aumentar, reducir, exonerar o prorratear una pensión alimenticia. Se sigue en la vía del proceso único del Código de los Niños y Adolescentes o del sumarísimo del Código Procesal Civil; la demanda puede presentarse en formato, está exonerada de tasas judiciales, la pensión se devenga desde la notificación de la demanda y la sentencia se ejecuta aunque sea apelada. Quien demanda reducción, variación, prorrateo o exoneración debe acreditar estar al día en el pago de la pensión.

Ejemplo

La madre presentó la demanda de alimentos en el formato gratuito del Poder Judicial ante el juez de paz letrado de su distrito; a los tres días obtuvo asignación anticipada de oficio.

Base legal

Código Procesal Civil, arts. 546 inc. 1, 560 a 572 y 565-A; Código de los Niños y Adolescentes, art. 96; Ley 28439

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