NormaDiccionario y normas del Perú

Legalización de firmas

También: Certificación de firmas · Firma legalizada

Certificación extraprotocolar mediante la cual el notario da fe de que la firma puesta en un documento privado corresponde a la persona que la estampó ante él o cuya autenticidad le consta de modo indubitable, previa verificación de identidad, que hoy incluye la comparación biométrica con Reniec. La certificación autentica la firma y otorga fecha cierta al documento, pero el notario no asume responsabilidad por el contenido del acto ni lo convierte en escritura pública. Se emplea en contratos privados, declaraciones juradas, cartas poder simples y documentos que requieren presentación ante entidades públicas.

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Ejemplo

El arrendador y el inquilino firmaron el contrato de alquiler ante el notario, quien legalizó sus firmas, con lo cual el documento adquirió fecha cierta y podrá usarse en un eventual desalojo.

Base legal

Decreto Legislativo 1049, arts. 95 y 106Consultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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