Minuta
Documento privado que contiene la declaración de voluntad de los otorgantes, redactado y autorizado por abogado colegiado, que se presenta al notario para que lo eleve a escritura pública insertándolo literalmente en el cuerpo de esta. Su autorización por letrado acredita la conformidad del acto con la ley y su omisión impide, como regla, la extensión de la escritura. La ley exceptúa de minuta ciertos actos, como el otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia de poder, el reconocimiento de hijos, la renuncia de nacionalidad y la aceptación o renuncia de herencia, entre otros.
Ejemplo
El abogado redactó y autorizó la minuta de constitución de la sociedad anónima cerrada, que los socios llevaron a la notaría para su elevación a escritura pública.
Base legal
Decreto Legislativo 1049, arts. 57 y 58Consultar la norma ↗
Términos vinculados
Notarial, Arbitraje y ConciliaciónEscritura públicaDocumento matriz incorporado al protocolo notarial, autorizado por el notario, que contiene uno o más actos jurídicos.Notarial, Arbitraje y ConciliaciónNotarioProfesional del derecho autorizado por el Estado para dar fe de los actos y contratos que ante él se celebran, formalizando la voluntad de los otorgantes en instrumentos a los que…
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