NormaDiccionario y normas del Perú

Detención policial

También: Detención en flagrancia

Privación de libertad que la Policía Nacional practica sin mandato judicial cuando sorprende a una persona en flagrante delito. La Constitución limita su duración a 48 horas, o al término de la distancia, salvo terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas y criminalidad organizada, en los que puede llegar a 15 días. El detenido debe ser informado de sus derechos y de la imputación, puesto a disposición del fiscal, y la Policía debe levantar acta e informar al juzgado; vencido el plazo, debe ser liberado o requerirse prisión preventiva o detención preliminar.

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Ejemplo

Detenido en flagrancia por hurto agravado, el intervenido fue puesto a disposición de la fiscalía, que dentro de las 48 horas incoó proceso inmediato.

Base legal

Constitución, art. 2.24.f; Código Procesal Penal, arts. 259 y 263-264

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (cada artículo indica la fecha de su texto). El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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