Despido incausado
También: Despido sin expresión de causa
Despido producido de manera verbal o mediante comunicación escrita sin expresar causa alguna relacionada con la conducta o la capacidad del trabajador que lo justifique. Es una categoría creada por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que lo considera lesivo del derecho al trabajo y, por tanto, habilita al trabajador a optar entre la reposición en su puesto o la indemnización tarifada. Es tutelable en el proceso laboral ordinario o abreviado y, residualmente, mediante amparo.
Ejemplo
La secretaria recibió una carta que solo indicaba que su vínculo terminaba «por decisión de la gerencia»; demandó reposición por despido incausado en la vía laboral abreviada.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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