Enfermedad profesional

También: Enfermedad ocupacional

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Estado patológico permanente o temporal que sobreviene al trabajador como consecuencia directa de la clase de trabajo que desempeña o del medio en que se ha visto obligado a laborar. A diferencia del accidente de trabajo, se produce de forma progresiva por exposición a agentes físicos, químicos, biológicos o ergonómicos. Para efectos del SCTR y de las pensiones de invalidez existe un listado de enfermedades profesionales, y la jurisprudencia suprema ha fijado criterios de causalidad para la responsabilidad del empleador, especialmente en casos de neumoconiosis e hipoacusia.

Ejemplo

El exminero acreditó con informe de la comisión médica que padece neumoconiosis con 60 % de menoscabo y obtuvo pensión de invalidez del SCTR.

Base legal

Ley 29783; D.S. 005-2012-TR (Glosario); Ley 26790 y D.S. 003-98-TRConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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