NormaDiccionario y normas del Perú

Despido fraudulento

Despido en el que el empleador imputa al trabajador hechos notoriamente inexistentes, falsos o imaginarios, le atribuye una falta no prevista legalmente, lo despide con vicio de voluntad o fabrica pruebas, con ánimo perverso y auspiciado por el engaño, aunque formalmente cumpla el procedimiento de ley. Creado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, tiene como consecuencia la posibilidad de reposición, además de la opción indemnizatoria. Exige del trabajador acreditar el fraude, salvo que resulte evidente.

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Ejemplo

La empresa imputó al chofer una supuesta apropiación de combustible respaldada por un informe elaborado después de la carta de preaviso; el juez calificó el despido de fraudulento y ordenó la reposición.

Base legal

STC 976-2001-AA/TC; STC 0206-2005-PA/TCConsultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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