Artículo 27
Protección del trabajador frente al despido arbitrario
La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el despido arbitrario.
Derechos colectivos del trabajador. Derecho de sindicación, negociación colectiva y derecho de huelga
Términos del diccionario que citan este artículo
Laboral y Seguridad SocialDespido arbitrarioExtinción del contrato de trabajo por decisión unilateral del empleador sin expresar causa o sin poder demostrarla en juicio.Laboral y Seguridad SocialDespido incausadoDespido producido de manera verbal o mediante comunicación escrita sin expresar causa alguna relacionada con la conducta o la capacidad del trabajador que lo justifique.Laboral y Seguridad SocialEstabilidad laboralGarantía del trabajador de conservar su empleo mientras no exista causa justa de extinción prevista en la ley.Laboral y Seguridad SocialSindicatoOrganización de trabajadores constituida para el estudio, desarrollo, protección y defensa de sus derechos e intereses socioeconómicos.