Cuasiusufructo
También: Usufructo de bienes consumibles · Usufructo impropio
Usufructo que recae sobre bienes consumibles, como dinero o mercaderías, en el cual el usufructuario adquiere la propiedad de los bienes y queda obligado a restituir otros de la misma cantidad y calidad, o su valor, al término del derecho (arts. 1018 y 1019 del Código Civil). Se aparta de la regla general del usufructo de conservar la sustancia del bien, por lo que la doctrina lo asimila funcionalmente a un mutuo. El Código regula también el usufructo de créditos y de bienes que se deterioran con el uso, que se restituyen en el estado en que se encuentren.
Ejemplo
Un testador dejó en usufructo a su viuda una suma de dinero depositada en una caja municipal de Arequipa; ella dispone del capital y sus herederos deberán restituir el monto equivalente al fallecer.
Base legal
Código Civil, arts. 1018 a 1020
Términos vinculados
Reales y RegistralUsufructoDerecho real que confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno, conservando su sustancia y destino (art.Obligaciones y ContratosMutuoContrato por el cual el mutuante se obliga a entregar al mutuatario una determinada cantidad de dinero o de bienes consumibles, a cambio de que se le devuelvan otros de la misma especie,…Reales y RegistralFrutosProvechos renovables que produce un bien sin que se altere ni disminuya su sustancia.
Mencionados en esta definición
Conceptos relacionados aún sin entrada
El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. Pídelo aquí.