Hecho imponible
También: Hecho generador · Hecho gravado
Hecho concreto, ocurrido en la realidad, que coincide con la hipótesis de incidencia prevista en la ley y que, por ello, genera el nacimiento de la obligación tributaria. Conforme al art. 2 del Código Tributario, la obligación nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley como generador de dicha obligación. Su identificación permite determinar quién es el deudor, desde cuándo se debe el tributo y cuál es su cuantía.
Ejemplo
La firma de la escritura pública de compraventa de un departamento en San Isidro configura el hecho imponible del Impuesto de Alcabala a cargo del comprador.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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