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Fiscalización tributaria

También: Auditoría tributaria

Procedimiento mediante el cual la Administración Tributaria, en ejercicio de su facultad discrecional, comprueba el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias del deudor, incluyendo las de inafectos y exonerados. Puede ser definitiva (plazo de un año desde que el deudor entrega toda la información del primer requerimiento, prorrogable), parcial (seis meses, sobre aspectos específicos) o parcial electrónica (treinta días hábiles). Concluye con la notificación de resoluciones de determinación, de multa u órdenes de pago, y el deudor tiene derecho a conocer las observaciones y presentar descargos antes del cierre.

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Ejemplo

SUNAT notificó a una clínica una carta de presentación y un primer requerimiento para fiscalizar el Impuesto a la Renta de 2023, solicitando el Registro de Ventas, comprobantes y contratos.

Base legal

Código Tributario, arts. 61, 62, 62-A, 62-B y 75; Reglamento del Procedimiento de Fiscalización, D.S. 085-2007-EF

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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