Artículo 2
NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación.
Términos del diccionario que citan este artículo
Tributario y AduaneroHecho imponibleHecho concreto, ocurrido en la realidad, que coincide con la hipótesis de incidencia prevista en la ley y que, por ello, genera el nacimiento de la obligación tributaria.Tributario y AduaneroHipótesis de incidencia tributariaDescripción abstracta y genérica contenida en la ley del hecho cuya realización dará nacimiento a la obligación tributaria.Tributario y AduaneroObligación tributariaVínculo de derecho público entre el acreedor tributario (Gobierno Central, gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades de derecho público con personería propia) y el deudor…