Estafa
Delito contra el patrimonio que sanciona a quien procura para sí o para otro un provecho ilícito en perjuicio de tercero, induciendo o manteniendo en error al agraviado mediante engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta. Exige una secuencia causal de engaño, error, acto de disposición patrimonial y perjuicio, con pena de uno a seis años; la Ley 30076 añadió la estafa agravada (art. 196-A) con pena de cuatro a ocho años cuando se comete en agravio de menores o adultos mayores, con pluralidad de víctimas, por organización criminal o mediante suplantación de identidad, entre otros supuestos.
Ejemplo
Una pareja ofrecía en redes sociales departamentos en preventa que nunca existieron y cobró adelantos a veinte familias; fueron acusados por estafa agravada con pluralidad de víctimas.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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