Difamación
Delito contra el honor que consiste en atribuir a una persona, ante varias personas reunidas o separadas pero de manera que pueda difundirse la noticia, un hecho, cualidad o conducta que pueda perjudicar su honor o reputación. Se sanciona con pena no mayor de dos años y días multa; si la imputación es de un delito, la pena sube, y si se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social (incluidas redes sociales) es difamación agravada, con pena de uno a tres años. El Acuerdo Plenario 3-2006/CJ-116 fija criterios para ponderarla con la libertad de expresión.
Ejemplo
Un usuario publicó en Facebook que un abogado de Arequipa 'estafa a sus clientes y se queda con el dinero'; el letrado presentó querella por difamación agravada por medio de comunicación social.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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