NormaDiccionario y normas del Perú

Derechos morales de autor

También: Derecho moral

Facultades que protegen el vínculo personal entre el autor y su obra: el derecho de divulgación (decidir si la obra se hace pública), de paternidad (ser reconocido como autor o permanecer anónimo), de integridad (oponerse a deformaciones o mutilaciones), de modificación, de retiro de la obra del comercio y de acceso al ejemplar único. Son perpetuos, inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles, de modo que subsisten aun después de cedidos los derechos patrimoniales y, a la muerte del autor, son ejercidos por sus herederos y luego por el Estado.

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Ejemplo

Aunque el pintor vendió el cuadro y cedió sus derechos de reproducción, puede oponerse a que el comprador lo recorte para adaptarlo a un marco, en ejercicio de su derecho de integridad.

Base legal

D. Leg. 822, arts. 21 al 29Consultar la norma ↗

Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.

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