Derechos morales de autor
También: Derecho moral
Facultades que protegen el vínculo personal entre el autor y su obra: el derecho de divulgación (decidir si la obra se hace pública), de paternidad (ser reconocido como autor o permanecer anónimo), de integridad (oponerse a deformaciones o mutilaciones), de modificación, de retiro de la obra del comercio y de acceso al ejemplar único. Son perpetuos, inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles, de modo que subsisten aun después de cedidos los derechos patrimoniales y, a la muerte del autor, son ejercidos por sus herederos y luego por el Estado.
Ejemplo
Aunque el pintor vendió el cuadro y cedió sus derechos de reproducción, puede oponerse a que el comprador lo recorte para adaptarlo a un marco, en ejercicio de su derecho de integridad.
Base legal
Verifica el texto vigente de la norma en el Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia.
Términos vinculados
Mencionados en esta definición
Otros términos que citan a este
Conceptos relacionados aún sin entrada
El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. .
¿Tienes un reclamo de consumo o un tema de marcas?
Esta ficha explica el concepto; tu caso depende de sus hechos y de sus documentos. Para llevar la duda a tu situación concreta puedes usar Legaria.
¿Estudias o ejerces derecho? En Legaldemy hay cursos gratuitos para abogados y estudiantes del Perú, con clases cortas dictadas por abogados que ejercen.