Asociación
También: Asociación civil
Organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, que a través de una actividad común persigue un fin no lucrativo. Se constituye por escritura pública e inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, se rige por su estatuto y tiene como órganos la asamblea general (órgano supremo) y el consejo directivo. La condición de asociado es inherente a la persona y no transmisible, y en caso de disolución el haber neto resultante se destina al fin previsto en el estatuto, sin distribuirse entre los asociados.
Ejemplo
Un grupo de vecinos constituyó una asociación de propietarios para administrar las áreas comunes de su urbanización e inscribió su estatuto en Registros Públicos.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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