Violencia económica o patrimonial
También: Violencia patrimonial
Tipo de violencia contra las mujeres o los integrantes del grupo familiar consistente en la acción u omisión dirigida a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la víctima: la perturbación de la posesión o propiedad de sus bienes, la pérdida, sustracción, destrucción o retención de objetos, documentos o bienes, la limitación de recursos para satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir, la evasión del cumplimiento de obligaciones alimentarias, el control de sus ingresos o la percepción de un salario menor por igual tarea. Fue incorporada como categoría autónoma por la Ley 30364 y puede sustentar medidas de protección.
Ejemplo
El esposo retenía el DNI y las tarjetas de su cónyuge y le entregaba solo una suma diaria para alimentos, controlando cada gasto; el juzgado de familia calificó los hechos como violencia económica y dictó medidas de protección.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 16/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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